FOPEP: Fondo de pensiones púbicas colombiano

La mesada pensional que es otorgada de forma mensual a los pensionados en Colombia es de 877.803 dólares para el año 2020 (para las pensiones que fueron igual al salario mínimo legal del 2019) y del 3.80% conforme aumente el IPC (para las pensiones que fueron superiores al salario mínimo legal), estas pensiones son otorgadas en las cuentas de los pensionados por el FOPEP, en este artículo te brindamos toda la información al respecto de esta entidad.

fopep FOPEP

El Fondo de pensiones públicas del nivel nacional en Colombia fue creado en 1993 por medio de la Ley 100 de ese mismo año, en la cual se determina en el artículo 130 que debía crearse el Fondo de pensiones públicas del nivel nacional en calidad de cuenta de la nación adscrita al Ministerio de Trabajo y sin personería jurídica.

Los recursos que ingresaran o salieran de esta cuenta serían administradas por encargo fiduciario o fideicomiso. En este sentido este fondo de pensiones actuaría como reemplazo de la Caja Nacional de Previsión sobre todo lo relacionado con las pensiones que son otorgadas a los ciudadanos de la República de Colombia.

Estas serían las pensiones de vejez, de jubilación, de invalidez, de sobrevivientes, de sustitución, entre otras y las cajas de previsión o fondos insolventes que se encuentran enmarcadas en las competencias del sector público, que al igual que el fondo de pensiones es de orden nacional y es determinado para encargarse de estas competencias por el gobierno de turno.

El Ministro de Trabajo o delegado será el encargado de la administración del fondo de pensiones públicas del nivel nacional, luego de él el gerente de la entidad fiduciaria contratista, el representante de los ciudadanos pensionados “designado por la agremiación más representativa de aquellas a cuyos afiliados cubre el fondo“, y el Ministro de Hacienda (o Crédito público, o su delegado en el cargo) conformarán el Consejo Asesor del FOPEP.

Así como el FOPEP está adscrito al Ministerio de Trabajo, se relaciona directamente con la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación, Supersalud y la Defensoría del pueblo.

Entes de control encargados del ejercicio de los derechos humanos en Colombia, la seguridad social en salud y sus servicios/recursos, la protección de los derechos humanos, la representación de la sociedad, la vigilancia de la gestión fiscal de los fondos o bienes del país, la protección social, etc.

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En este sentido el objetivo de este fondo de pensiones es:

Sustituir el pago de pensiones de vejez o de jubilación, de invalidez, de sustitución o sobrevivientes que se encontraban a cargo de la Caja Nacional de Previsión Social o de los fondos insolventes del sector público del orden nacional; así, como los ministerios, departamentos administrativos, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del estado, y las demás entidades oficiales que el Gobierno Nacional determine que tengan a su cargo el pago directo de pensiones con aportes de la Nación.

Puedes dirigirte a sus oficinas de atención al público que se encuentran ubicadas en Cra. 7 número 31 – 10, en el piso 8 del Edificio llamado Torre Bancolombia. Su horario de atención al público en la sede del Fondo de Pensiones públicas es de 8 en punto de la mañana hasta las 4 en punto de la tarde, de lunes a viernes (como jornada continua).

También puedes llamar a la línea de atención al pensionado, a través del número de teléfono asignado para cumplir dicha función: (+571) 319-8820 (Bogotá). Esta línea de atención al pensionado está disponible para resolver tus dudas, presentar quejas o solucionar inconvenientes en un horario de jornada continua desde las 8 en punto de la mañana hasta las 6 en punto de la tarde.

También puedes escribir a su chat, desde las 8 de la mañana hasta las 6 de la tarde (jornada continua), o seguirlos en sus redes sociales. En primer lugar tienen un perfil en Linkedin donde brindan el servicio del Ministerio de Trabajo, así mismo por twitter su usuario oficial es @FopepCo.

Para la red social Facebook crearon un perfil bajo el usuario “Consorcio FOPEP 2015” donde brindan todo tipo de información sobre el Fondo de Pensiones públicas, así mismo su canal de Youtube es MinTrabajo Col y brindan información más general sobre esta entidad del Estado Colombiano.

Consorcio FOPEP

Como indicamos anteriormente, el gerente de la entidad fiduciaria contratista (en representación de la misma) forma parte del Consejo Asesor del FOPEP, las sociedades fiduciarias son: FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. y FIDUCIARIA BANCOLOMBIA S.A., en la figura de Consorcio el FOPEP lo comprenden Fiduprevisora, Fiduagraria, Fiducolex y Figucolombia.

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A través del Consorcio FOPEP se administran los recursos del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional, se gestionan los mismos de manera mensual, así como se lleva un control, seguimiento operacional y un análisis de tales recursos de manera que la organización sea efectiva.

La obtención y recibimiento de los recursos además de otorgar o hacer el pago de las pensiones también es tarea del Consorcio FOPEP, así como la implementación de mecanismos que permitan el control total de la transferencia de recursos. De esta forma se mantiene una transparencia y se cumple con las disposiciones que se determinan en el marco legal de el FOPEP.

La misión es entonces administrar de manera eficiente los recursos que recibe el Fondo de pensiones públicas del nivel nacional y mantener la excelencia y transparencia de la transferencia de los mismos a las cuentas de los pensionados.

En Colombia 6 millones 800 personas son pensionados, de esos seis millones solo 346.800 pertenecen al sector público, 5 millones 300 personas pertenecen al sector privado y un millón 100 personas son trabajadores independientes. De 22.600.000 ciudadanos colombianos que trabajan en el país solo 8.600.000 personas cuentan con el amparo del Estado para la vejez.

Servicios

En primer lugar tenemos que en el Consorcio FOPEP los pensionados pueden contar con los siguientes servicios:

  • Brinda información sobre las fechas de pago a los pensionados (FOPEP – Calendario de pagos).
  • Permite la actualización de los datos de cada ciudadano.
  • Permite consultar la inclusión en nómina.
  • Realiza pagos a menores de edad (por medio de las cuentas de sus representantes legales).
  • Ofrece un canal para la solicitud de certificados que van desde el valor de la pensión, las retenciones y sus cupones de pago.
  • Es posible que los ciudadanos hagan la presentación de supervivencia que viven diariamente.
  • Pueden solicitar cambio de las EPS (Entidad promotora de salud), mesadas que no fueron cobradas de forma correcta.
  • Los pensionados nuevos pueden registrarse en su página oficial.
  • Y el “pago a pensionados interdictos a través de Curadores”.
  • También permite saber qué fecha tiene destinada para su ingreso en la nómina  del FOPEP.
  • Saber por qué no han sido pensionados (si corresponde).
  • Si tienes reliquidaciones o retroactivos en estado “pendiente”.
  • Puedes solicitar ante la entidad reconocedora de su pensión el trámite de auxilio funerario, el reconocimiento o en dado caso la sustitución de una prestación.
  • Puedes hacer modificaciones de sus datos de identificación (nombre, apellido, fecha de nacimiento, etc.)

Existen trámites que puedes realizar directamente con las entidades financieras que se involucran en la transferencia de fondos del FOPEP a su cuenta de pensionado:

  • Ver el estado de su crédito.
  • La cantidad de cuotas que ya ha cancelado hasta la fecha y la cantidad que aún queda pendiente por pagar.
  • Puedes solicitar paz y salvos, copias de libranzas (la libranza es un mecanismo que permite que se descuente de su nómina cantidades de dinero que debe a entidades bancarias o comerciales).
  • Así mismo puedes solicitar que sea desactivado un descuento a su cuenta.
  • Por supuesto, presentar cualquier queja, sugerencia o reclamo.

En relación con aquellos trámites que deben hacerse ante los entes judiciales como los embargos, puedes contar con los siguientes servicios:

  • Visualización el estado de su embargo.
  • Solicitud de otra medida judicial o verificar si ha ingresado una nueva.
  • Puedes conocer los beneficios que trae la medida de embargo.
  • Solicitud de los oficios por los que se decretó la o las medidas.
  • Solicitud de reporte al Consorcio FOPEP sobre la inactivación de alguna medida judicial.

Finalmente sobre la EPS (Entidad Promotora de Salud) puedes:

  • Visualizar el estado de tu afiliación.
  • Cambiar de Entidad Promotora de Salud.
  • Solicitar medicamentos.

Toda esta información es brindada a los ciudadanos de Colombia de forma que pueden hacer sus consultas a través de la página web oficial del FOPEP. Por supuesto, estos trámites son gratuitos y puede contar con la asesoría del personal del Consorcio FOPEP especializado y capacitado con toda la información y los pasos que debes seguir para realizar cualquier trámite.

Las oficinas del FOPEP distribuidas por todo el país manejan medidas de seguridad respecto a los fondos que son transferidos a las cuentas de sus pensionados, es por esto que el beneficiado es el que debe dirigirse a las oficinas a solicitar cualquier información o realizar el trámite que desee, siempre presentando su documento de identificación.

Beneficios

Los beneficios que ofrece el Fondo de pensiones públicas del nivel nacional, van desde la prestación de todos y cada uno de los servicios anteriormente mencionados (frente a las distintas entidades a las que corresponde), hasta la facilidad de realizarlos de manera que no sea necesario pagar a un gestor para hacer ningún tipo de trámite.

Además de eso el Consorcio FOPEP se dedica a la administración correcta de los recursos y de su transferencia mensual a los pensionados de forma que estas personas puedan cobrar su pensión correspondiente de la forma más cómoda y accesible.

Esto último va de la mano con los convenios realizados por esta entidad con algunos bancos del estado para que pueda hacerse el depósito de los fondos de la pensión a una cuenta pensión creada en alguna de estas entidades bancarias.

De forma que el pensionado pueda retirar el dinero en alguna de las oficinas del banco en el que se creó la cuenta, de la misma manera en la que pueden hacer los retiros en los cajeros automáticos de la entidad que se encuentren más cerca de su ubicación.

Algunas de las entidades en las que puedes tener una cuenta pensión son:

  • Banco de la República.
  • Banco Occidente.
  • Banco de Bogotá.
  • Banco Caja Social.
  • Banco Popular Colombia.
  • BBVA Colombia.
  • Grupo Bancolombia.
  • Banco Agrario.
  • Colpatria.
  • Banco AV VIllas.
  • Davivienda.

Estas entidades otorgan a los pensionados una tarjeta de débito con la que pueden hacer uso del dinero depositado en su cuenta pensión. Otro beneficio es que pueden mantener en su cuenta hasta tres meses de pensión sin cobrar, pudiendo hacer uso de ellos en cualquier momento sin que sea devuelto a FOPEP.

Otro beneficio es que aunque todos los trámites pueden hacerse de forma presencial, algunos pueden realizarse a través del número de teléfono destinado para la atención al cliente, otros puedes realizarlos escribiéndoles a su correo electrónico o sus redes sociales disponibles en la página web o puedes hacer algunas consultas on line en su página oficial.

La matriz de servicios en canales de atención te permitirá saber exactamente qué canal puedes utilizar para realizar cada uno de los trámites. Haz clic aquí para visualizarla.

Registro online

Para disfrutar de los servicios del Fondo de pensiones públicas del nivel nacional es necesario primeramente ser parte de la lista de pensionados de FOPEP, de igual manera para hacer los trámites online en su página web deberás registrarte.

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Este registro comenzará con indicar ciertos datos en su página oficial, en primer lugar deberás indicar tu documento de identidad (cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o la tarjeta de identidad), luego tu fecha de nacimiento, indicar el fondo que te otorga la pensión.El fondo puede ser:

  • ADPOSTAL.
  • Audiovisuales.
  • C.V.C.
  • Caja Agraria.
  • Cajanal.
  • Caminos Vecinales.
  • CAPRECOM.
  • CAPRESUB.
  • CARBOCOL.
  • CFT.
  • CNT.
  • CORELCA.
  • FOCINE.
  • FONCOLPUERTOS.
  • INAT.
  • INCORA en liquidación.
  • INEA.
  • INFRAVISION.
  • INTRA.
  • INURBE.
  • INVIAR.
  • ISS.
  • ISS ARL.
  • MINERCOL en liquidación.
  • Ministerio de Comunicaciones.
  • MOPT.
  • PROSOCIAL.
  • Super Ind. y comercio.
  • Superfinanciera.
  • Supersociedades.
  • TELEARMENIA.
  • TELECALARCA.
  • TELECARTAGENA.
  • TELECOM.
  • TELEHUILA.
  • TELENARIO.
  • TELESANTAMARTA.
  • TELETOLIMA.
  • Zonas Francas.

Luego deberás aceptar los términos y condiciones de la página, y presionar registrar. Posteriormente deberás ingresar una cuenta de correo electrónico para realizar algunos trámites que lo exigen. En este sentido, una vez que lo registres la página te enviará un correo electrónico que contiene el enlace para la activación del usuario que te permitirá hacer el ingreso de tu clave.

Esta clave es la que utilizarás para ingresar al sistema cada vez que lo desees luego de indicar tu usuario.

Tipos de pensiones

Las prestaciones económicas otorgadas varían según el caso del solicitante, estas son:

  • Auxilio funerario.
  • Designación en vida.
  • Indemnización sustitutiva vejez.
  • Indemnización sustitutiva invalidez.
  • Indemnización sustitutiva sobrevivientes.
  • Pago único a herederos.
  • Pensión convencional.
  • Pensión gracia.
  • Pensión por invalidez.
  • Pensión vejez y/o jubilación.
  • Pensión sanción.
  • Pensión sobrevivientes.
  • Pensión sobreviviente por muerte del afiliado no pensionado.
  • Sustitución provisional.

A continuación, presentaremos los documentos que deberás consignar para solicitar algunas de estas pensiones. El resto de prestaciones puedes verlas de forma detallada en la página oficial de la Unidad de pensiones y parafiscales.

Requisitos para solicitar prestaciones económicas

Cada uno de los documentos que mencionaremos a continuación responden a una prestación específica, dependiendo de cada una deberás consignarlos en cualquiera de estos canales:

  • Centro de atención pública ubicado en la Calle 19, número 68A -18 de Bogotá.
  • Línea telefónica para todo el país: 01 8000 423 423. Línea telefónica para Bogotá: 492 60 90.
  • Página web de la Unidad de Gestión de Pensiones y parafiscales (UGPP).
  • Punto de atención virtual PAV Barranquilla, ubicado en el Centro Empresarial Américas II en la Calle 77B, local 6.
  • Punto de atención virtual PAV Medellín, que se encuentra en el Centro Comercial Punto Clave en la Calle 27, local 123.
  • Punto de atención virtual PAV Cali, este canal se encuentra ubicado en el Centro Comercial Chipichape en la Calle 38 Norte, local número 8 y el 224.

Pensión de vejez o jubilación

Para esta solicitud debe consignar los siguientes documentos:

Pensión sobrevivientes

La pensión sobrevivientes es otorgada a los familiares del pensionado o afiliado cuando este fallece. Para esta solicitud debe consignar los siguientes documentos:

  • Formulario único de solicitudes prestacionales o solicitud de prestación económica.
  • Registro civil de defunción.
  • Reporte de accidente de trabajo.

Dependiendo de quién sea el interesado deberá consignar ciertos documentos:

Si la solicitud es presentada por un cónyuge:

  • Registro civil de nacimiento.
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Partida eclesiástica de matrimonio o registro civil de matrimonio.
  • Declaración jurada de convivencia del interesado o de terceros.

Si la solicitud es presentada por hijos:

  • Registro civil de nacimiento.
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Certificad estudiantil (para los hijos que tengan edades comprendidas entre los 18 y los 25 años de edad).
  • Dictamen de invalidez para los hijos inválidos que dependían económicamente del causante.
  • Constancia de ejecutoria y firmeza del dictamen de invalidez.
  • Declaración de dependencia económica para los hijos mayores inválidos.
  • Declaración de dependencia económica (hijos entre los 18 y los 25 años de edad).

Si la solicitud es presentada por los padres del fallecido:

  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Declaración de dependencia económica.

Si la solicitud es presentada por hermanos inválidos:

  • Registro civil de nacimiento.
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Declaración de dependencia económica.
  • Declaración de invalidez.
  • Constancia de ejecutoría y firmeza del dictamen de invalidez.

Para este tipo de pensiones los que la posean no deberán presentar el certificado de pensión de supervivencia en ninguna entidad, ya que se conectan los datos que se encuentran en la Registraduría Nacional en cuanto a su fe de vida.

Pensión gracia

Esta mesada pensional es otorgada a los maestros oficiales que tengan cincuenta años de edad y veinte años de servicio en la docencia oficial en territorio colombiano. Para esta solicitud debe consignar los siguientes documentos:

  • Formulario único de solicitudes prestacionales o solicitud de prestación económica.
    Fotocopia del documento de identidad.
  • Declaración jurada de honradez, idoneidad, consagración y buena conducta en sus años de servicio.
  • Certificado de información laboral para pensión gracia.
  • Acto administrativo de nombramiento para pensión gracia.
  • Acto administrativo de posesión para pensión gracia.

Pensión por invalidez

Esta pensión se divide en dos modalidades: de origen común o por riesgos laborales. La primera se otorga a aquellos afiliados que han perdido un 50% o más de su capacidad laboral por alguna enfermedad, además del resto de requisitos necesarios para ser declarado inválido.

La segunda se otorga a aquellos afiliados que fueron declarados inválidos por alguna enfermedad o patología que haya surgido profesional o laboralmente, además del resto de requisitos necesarios para ser declarados inválidos.

Para esta solicitud debe consignar los siguientes documentos:

  • Formulario único de solicitudes prestacionales o solicitud de prestación económica.
    Fotocopia del documento de identidad.
  • Registro civil de nacimiento.
  • Dictamen de invalidez.
  • Constancia de ejecutoría y Firmeza del dictamen de invalidez.

Pensión convencional

Esta pensión generalmente se otorga al trabajador por convención colectiva para darle condiciones más favorables al mismo, solo pueden acceder a esta prestación los trabajadores que hayan sido amparados por dicha convención colectiva de trabajo, los que cumplan con los requisitos fijados de la misma y que esta tenga vigencia en el momento en el que se presenten los documentos.

Para esta solicitud debe consignar los mismos documentos que son solicitados para la pensión de vejez y/o jubilación

Pensión sanción

Esta pensión se otorga a los trabajadores que no fueron afiliados al Subsistema General de Pensiones por omisión de su empleador, que haya sido despedido sin causa legal justificada, que haya laborado para dicho empleador por 10 años o más (y menos de 15).

El monto de la pensión será directamente proporcional al tiempo de servicios que le hubieran correspondido al trabajador.

Para esta solicitud debe consignar los siguientes documentos:

  • Formulario único de solicitudes prestacionales o solicitud de prestación económica.
    Fotocopia del documento de identidad.
  • Registro civil de nacimiento.
  • Certificado de información laboral.
  • Certificado de factores salariales.

Auxilia funerario

Es la prestación económica que se reconoce a favor de quien demuestre haber sufragado los gastos fúnebres del afiliado al Subsistema General de Pensiones o al pensionado, equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente
de la última mesada pensional recibida, sin que sea inferior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni  superior a diez (10) veces el salario mínimo legal mensual vigente a la fecha del fallecimiento.

Para esta solicitud debe consignar los siguientes documentos:

  • Formulario único de solicitudes prestacionales o solicitud de prestación económica.
  • Registro civil de defunción.
  • Fotocopia del documento de identidad para persona natural.
  • Factura de gastos funerarios.
  • Certificación de representación legal de una asociación, entidad o sociedad.
  • Certificado del plan exequial (si aplica).
  • Contrato de plan exequial (si aplica).

Documentos adicionales

Si la solicitud corresponde al cumplimiento del solicitante a un fallo judicial:

  • Certificado de factores salariales para cumplimiento de sentencias.
  • Copia del fallo judicial.
  • Liquidación de costas procesales y/o agencias en derecho.
  • Constancia de ejecutoría del fallo.

Si la solicitud es hecha a través de un Apoderado y no del solicitante:

  • Fotocopia del documento de identidad del apoderado.
  • Tarjeta profesional.
  • Poder.
  • Escritura pública.

Si la solicitud es hecha a través de un Autorizado y no del solicitante:

  • Fotocopia del documento de identidad del autorizado.
  • Autorización original.

Si la solicitud es hecha a través de un Curador, Guardador o tutor del solicitante:

  • Fotocopia del documento de identidad del curador, guardador o tutor.
  • Acta de posesión y discernimiento del curador, guardador o tutor.
  • Registro civil de nacimiento de la persona declarada interdicta.

Certificados del FOPEP

Estos certificados funcionan como constancia que certifica o acredita que una persona se encuentra beneficiado con una pensión o no. Estos son:

  • Certificado de pensión: El cual es otorgado a las personas que lo soliciten para certificar que se encuentra pensionado con alguno de los tipos de pensión anteriormente mencionados.
  • Certificado de no pensión: Este certificado es otorgado a las personas que lo soliciten para certificar que no ha realizado ninguna solicitud de ninguna de las prestaciones económicas, anteriormente realizadas.
  • Certificado de pensión en curso: Este certifica que las personas han realizado la solicitud de cualquiera de las prestaciones económicas brindadas por el Estado, y que dicha solicitud se encuentra en estado de análisis, trámite o procesando.

Para solicitar el certificado de no pensión y el certificado de pensión en curso deberás dirigirte con tu cédula de ciudadanía al punto de atención ubicado en la calle 19, número 68A – 18 en Bogotá en los horarios de atención que fueron mencionados anteriormente.

Si te encuentras fuera de la ciudad de Bogotá puedes hacer el trámite de forma online a través de la página oficial de la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales, en la pestaña de Trámites y servicios – Solicitud de certificaciones.

Para solicitar el certificado de pensión deberás dirigirte con tu cédula de ciudadanía a la sede principal del FOPEP que se encuentra en Bogotá en la cra. 7 número 31-10 piso 10 del Edificio Torre Bancolombia, también puedes hacer el trámite en la ventanilla del FOPEP que se encuentra ubicada en el punto de atención de La Unidad, calle 19 número 68A-18 en Bogotá.

Así mismo puedes hacer la solicitud de forma online en la página oficial del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional, en la sección Certificados y Cupones de pago. Recuerda que para hacer este trámite deberás estar registrado en el sistema, puedes hacer este registro como lo indicamos anteriormente.

Guía para el pago de obligaciones pensionales

La unidad de pensiones y parafiscales brinda a sus solicitantes una guía en caso de que se encuentren en proceso pensional y deban “reintegrar por concepto de cuotas partes pensionales, mayores valores (pensión gracia y compartibilidad)”.

Respecto a los pagos en efectivo deberás proporcionarle al cajero la siguiente información:

  • Número del documento de identificación.
  • Número telefónico de contacto.
  • Número del acto administrativo con el que se te informó el valor que debías reintegrar por mayor valor pagado o por cuotas pensionales.
  • Doce últimos dígitos del requerimiento de información (si es el caso de Compartibilidad) del código rentístico asignado por la Dirección Nacional de Tesoro Nacional.
  • Código alfanumérico del acto administrativo seguido de la fecha de expedición (si es el caso de pensión gracia y/0 mayores valores.
  • Once o doce dígitos de la cuenta de cobro (si el pago es de cuotas partes pensionales realizada por Municipios).

Deberás pagar de forma individual cada oficio de cobro si se te notificó que más de uno. En caso de la notificación de los pagos toma en cuenta lo siguiente:

  • Si pagaste dentro de los 30 días correspondientes el pago de un oficio de cobro y no fuiste notificado deberás hacer nuevamente el pago, indicando el número a diligenciar que fue notificado por la Subdirección de Nómina de pensionados.
  • Si sí fuiste notificado deberás diligenciar el número del expediente que te fue asignado en el proceso de cobro
  • Si se realizó el pago de las cuotas partes pensionales antes del inicio de cobro persuasivo o coactivo deberás diligenciar los once o doce dígitos de la cuenta de cobro.

Respecto a los pagos en cheques deberás consignar un cheque en la misma ciudad o el mismo municipio en el que emitiste el mismo, este debe estar girado a favor del Ministerio de Hacienda y crédito público (Nit. 899.999.090-2 ) y debe tener los siguientes datos:

  • Nombre del banco al que pertenece el cheque.
  • Número de cuenta de la cual se gira el cheque.
  • Monto a pagar.
  • Número total de cheques girados y consignados.

Entrega de soportes

Luego de diligenciar todos los datos (a través del pago en efectivo o pago en cheque) deberás enviar el comprobante de pago o el soporte a la Unidad de Pensiones y Parafiscales (UGPP).

Esto puedes hacerlo a través del formulario que te proporciona esta entidad en su página oficial en la pestaña “Escríbanos“, deberás llenar todo el formulario indicando los datos solicitados y adjuntando el soporte del pago en formato PDF.

También puedes hacerlo consignándolo de forma física en alguno de los centros de atención en forma de carta remisora, la cual debe tener el nombre la persona, el número de identificación, el número del acto administrativo, del proceso de cobro y el monto pagado. Esto puedes hacerlo en las direcciones indicadas en todo este artículo.

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